La numeración móvil solo se podrá usar para llamadas p2p. ¡Se acaban los servicios de llamadas internacionales o de chat por numeración móvil!

Hasta ahora muchas empresas se hacían operadoras para permitir llamar al extranjero usando un número móvil de pasarela y con la nueva regulación publicada en el BOE del Miércoles 12 de Junio de 2013 se resuelve a favor de restringir los usos permitidos.

De esta forma servicios como Movilsinfronteras.com o Fonyou.com tendrían que cesar sus servicios de aquí a final de año y se verían obligados a buscar una alternativa a sus clientes para llamar al extranjero. Pero ¿es tan fácil encontrar una solución?

El problema es que dicho tipo de clientes no suelen tener smartphones y por ello la apuesta supondría un largo plazo dónde la penetración de Android e Iphone en inmigrantes fuera muy superior a la actual para ofrecer APPS que permitan llamar barato a sus clientes.

En cualquier caso a partir de ahora se restringe el uso que se le puede dar a la numeración móvil y lo único que si se permite es ofrecer atención al cliente a los clientes por dicha numeración lo cual con las tarifas planas cada día más habituales e incluso ilimitadas sera una ventaja para los clientes.

Enlaces: BOE-A-2013-6312

5 COMENTARIOS

  1. ¿Es el día de los inocentes? Es que sencillamente no me lo puedo creer vamos. Entonces Fonyou cierra, no? 🙁

    • Los clientes no podrán usarlo para llamar al extranjero barato con la pasarela Fonyou pero si como número secundario por lo que Fonyou solo deberá deshabilitar el servicio de llamadas internacionales para cumplir con la legislación nueva.

  2. Hola Raúl,
    ante todo felicitarte por tu web, es muy interesante y super actualizada, no hay día que no me pase para ver las novedades.

    Soy abogado, y me gustaría plantear dos cuestiones (no pretendo dar soluciones):

    1. *Supongo* que dices que no se podrán prestar servicios pasarela sobre la base del apartado 2 del articulo expuesto que dice que no se podrán prestar servicios que no estén recogidos en el apartado 1.

    No me he leído la resolución citada, y menos aún los trabajos que llevaron hasta ella, pero el apartado 1, letra a), permite prestar servicio telefónico a través de la numeración móvil. ¿No es el servicio de pasarela "servicio telefónico"?

    2. Supongamos que lo anterior es incorrecto y que por tanto los servicios pasarela son ilegales en España. ¿Qué pasa si hacemos un forwarding a un número de un país en el que no sea ilegal, y detrás de ese número ponemos el servicio pasarela? 🙂

    Desde el punto de vista jurídico, esta segunda posibilidad tiene sus "peros".

    Saludos

  3. ¿Y quién sale beneficioado de eso? Las operadoras.
    Venga, hijos, seguid votando a estos partidos que gobiernan para la gran empresa en vez de para el pueblo.

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