Los 902 deberán costar lo mismo que una llamada local para ser legales en Europa.

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Ayer salió una sentencia del Tribunal Europeo que será útil para reclamar judicialmente que una empresa no pueda cobrar por atender a los clientes un precio superior al de cualquier llamada normal poniendo en una mala situación a muchas empresas que usan 902 y algunos medios se han hecho eco indicando que se trata del final de dicha numeración, algo que no sería cierto del todo.

La CNMC debería tomar cartas en el asunto en el sentido de regular la terminación de los 902 a un coste similar que llamar a un móvil o a un fijo es decir fijar el coste mayorista a máximo 1,08 céntimos +IVA por minuto y obligar a las operadoras a que les cobren lo mismo que llamar a un fijo y un móvil e incluso lo incluyan en las tarifas planas de llamadas.

Podemos acceder a la sentencia integra del asunto en la página de Jurisprudencia Europea Curia para ver que la denuncia se inicio el 15 de Enero del 2016 y ha sido ratificada la sentencia condenando a la empresa por usar un número de tarificación similar a los 902 en España ayer 2 de Marzo de 2017.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Séptima) declara: "El concepto de «tarifa básica», contemplado en el artículo 21 de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que el coste de una llamada a una línea telefónica de asistencia operada por un comerciante, en relación con un contrato celebrado, no puede exceder del coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar. Siempre que se respete este límite, el hecho de que el comerciante obtenga o no beneficios por medio de esa línea telefónica de asistencia es irrelevante."

El coste de llamar a un 902 es muy inferior en la telefonía fija (aprox. 4ct/min, consulta con tu operador) mientras que en móvil puede suponer pagar más de 50 céntimos por minuto y es que las operadoras propietarias del 902 no deberían llevarse ningún ingreso por el uso de esa numeración pero si que se facturan unos 8 céntimos entre operadores y eso no debería ser así para evitar abusos, además de que no se regula.

Hoy en día muchas empresas usan 902 como por ejemplo compañías de seguros y muchos usuarios acudimos a páginas como NoMas900 para buscar el fijo asociado y así ahorrar en las llamadas: En el fijo pagar 0 usando la tarifa plana que suele venir incluida y en el móvil ahorrarnos hasta 3€ por llamada (6 minutos *50 céntimos/min).

Personalmente creo que los reguladores Españoles deben tomar cartas en el asunto de forma urgente y antes que eliminar los 902 regularlos de forma adecuada para terminar con el negocio y abuso hacia los consumidores que ahora llega a un punto más grave: Europa los considera ilegales, fuera del marco europeo. ¿Será el momento para que asociaciones de consumidores se pongan manos a la obra utilizando esta sentencia para que la CNMC se ponga en serio? 

Enlaces: Curia Sentencia Condenatoria

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