La CNMC estudia una regulación para proteger más a los usuarios.

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La protección de los usuarios ha llevado a la desaparición o a la bajada del volumen de negocio de muchas actividades  (mensajes premium o lineas de tarificación adicional) o a cambios en el sector importantes (reemplazar lineas 806 por 905 o pagos con tarjeta) , pero en general siempre favorecían a los usuarios y es que en el mundo de las telecomunicaciones han habido a lo largo de la historia muchos abusos o estafas "evitables" con una buena regulación.

La CNMC propone algunos cambios importantes en varios puntos:

  • Prohibir a través de la numeración de servicios de tarificación adicional la prestación de servicios de atención al cliente. Las empresas que viven de un 807 como fue el caso de RYANAIR no podrán seguir ofreciendo servicio en este tipo de llamadas. ¿Lo podrán hacer con un 905?¿Y con un 902?  Según como lo legislen podrán suponer un aumento de costes importante a muchas empresas.
  • Incluir el tratamiento del coste de las llamadas 902 como si de un número geográfico se tratara, y de una disposición análoga para el rango 901. Además, si las tarifas planas siguen sin incluir las llamadas al rango 902, deberían iniciarse las actuaciones necesarias de consulta al sector y actuación coordinada de la CNMC y de la SETSI para que a medio plazo, si el abonado dispone de una tarifa plana de minutos a numeración geográfica, las llamadas al rango 902 estén incluidas en dichos planes. En la práctica el negocio de recibir dinero por llamar a un 902 o 901 no tendrá sentido y los usuarios podrán llamar sin coste adicional. ¿Se aplicará todo esto a la marcación desde móvil dónde existen abusos mucho más importantes? 
  • Supresión de los rangos de de tarificación adicional para datos (907), numeración personal (70Y) y de acceso a Internet (908 y 909). Hoy en día con las tarifas actuales conectarse a Internet sin una cuota mensual no es indispensable y los que necesitan eso a menudo usan una conexión móvil con tethering.
  • Incluir el derecho de desconexión de los abonados de los servicios de tarificación adicional. Sería genial poder solicitar que no podamos llamar a ningún servicio de coste "especial" como un 905, incluso a un 902 o 901 sin problema para proteger a los usuarios de los abusos y también evitar que los niños puedan llamar a dichos números.
  • Mantener la responsabilidad del PSTA (prestador del servicio de tarificación adicional) de cortar la comunicación cuando llegue a la duración máxima de 30 minutos y permitir asimismo al operador de acceso dicho corte. También debería mantenerse larestricción temporal específica para concursos y sorteos. En la practica se quiere permitir al operador originario de la llamada a permitir el corte si el propietario del servicio no cumple con la ley y así protege también a sus usuarios.

Personalmente creo que  la mejor protección debería partir de nuestro propio operador de red que nos informe del coste a dichos servicios antes de cada llamada: En Estados Unidos cuando llamas a un número gratuito de USA 1-800 fuera de Estados Unidos te avisa que la llamada no es gratuita para que cuelgues si no quieres que te cobren la llamada como internacional. ¡Eso es hacerlo bien!

Creo que fiarse de que el titular de un número de tarificación adicional ponga una locución informando del coste es insuficiente y sería mucho más seguro si el operador de red al marcar un número informe del coste permitiendo colgar si no estamos seguros: "El coste de llamar a este 905 es de 1,2 céntimos cuelgue ahora si no desea continuar con la llamada".

Desgraciadamente esta decisión supondría para el operador una perdida de ingresos ya que en todo tipo de llamadas "especiales" recibe una comisión (parte del importe de la llamada) y a veces es algo "complice necesario" para el abuso de los propietarios del número.

En mi opinión la CNMC debería regular también los costes en el móvil de dichos servicios especialmente en la numeración 901 y 902 para evitar las altas tarifas habituales en caso de emergencias médicas entre otros casos en dónde no tengamos acceso al fijo. ¿Nos harán caso? 

Enlaces: CNMC

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