Mayor protección de los usuarios: Penalización por permanencia fija regulada.

Fuente: https://www.flickr.com/photos/86530412@N02/

Los clientes necesitan ser protegidos de abusos de los operadores, abusos que se han limitado bastante el 27 de Marzo de 2014 con la modificación de la Ley de Consumidores Ley 3/2014 y que será aplicado a partir del 13 de junio tras la reforma del BOE que implica muchas ventajas que vamos a estudiar.

  • A menudo los clientes se vuelven locos para realizar una reclamación o darse de baja y se ven obligados a llamar a números de pago dónde nos marean: Hay que informar previamente de la dirección completa del establecimiento del empresario y el número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico del mismo, y la dirección completa de la sede del empresario y, cuando proceda, la del empresario por cuya cuenta actúa, a la que el consumidor y usuario puede dirigir sus reclamaciones.
  • ¿Cuantas veces nos han indicado un precio y al final vemos que nos cobran una tasa por pagar con tarjeta? Ahora no podrán cobrarse cantidades adicionales por el uso de medios de pago, si estas superan el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios. (el truco consistirá en poder hacer descuentos si se paga por otro medio)
  • Disponemos de 14 días (en vez de 7 laborables) para arrepentirnos. En caso de desistimiento deberán devolverse también los costes de la entrega del producto (salvo que el consumidor haya escogido alguna modalidad de entrega especial más costosa), aunque siguen siendo de cuenta del comprador los gastos derivados de la devolución del producto. Si la empresa no indica el plazo se le penaliza: En caso de no informar correctamente sobre la existencia del derecho de desistimiento, el plazo para desistir se amplía a doce meses (por los tres de antes).
  • No podrán cobrarse cantidades adicionales por el uso de medios de pago, si estas superan el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios. Es decir que la empresa no podrá ganar dinero por usar una tarjeta pero sí lo que le cuesta. Por ejemplo si pagamos con tarjeta si que podrán cobrar pero solo lo que les cobre entre el 2 %y el 4% en caso de pagos con tarjeta.

Lo malo de la nueva legislación es que aunque la Ley ya ha entrado en vigor, sus disposiciones se aplicarán a los contratos con los consumidores y usuarios celebrados a partir de 13 junio de 2014, el que decir que solo protegerán a los que firmen a partir de ahora.

Lo más útil es que no podrán cobrar por enviar las facturas en papel las empresas de telecomunicaciones: Una media muy interesante sin duda alguna.

 

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