Novedades de la reforma de tráfico: A tener en cuenta!

trafico

A partir de la aplicacion de la nueva reforma firmada en el pleno del Congreso de los Diputados de la semana pasada, una serie de cambios se han aplicado al funcionamiento de los puntos y a las sanciones que se aplican tanto a conductores como personas que trabajen en dicho sector. 

Extraido de un articulo en Internet con fuente citada aqui

Novedades de la reforma de tráfico
1-
A partir de ahora el infractor recibirá una sola notificación, en lugar de las tres actuales, notificación que, en el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica, serán exclusivamente por correo electrónico.

2- Se fijan además nuevas cuantías para las multas: 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al peligro potencial creado.

3- Las sanciones por exceso de velocidad serán más ajustadas, se fijarán en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre lo permitido.

4- Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.

5- No será obligatorio llevar toda la documentación en el coche, pues la Administración será la que deba comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos, y sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio.

6- Los conductores no perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus, y un vehículo aparcado en zona azul, sin el correspondiente ticket, no podrá ser retirado por la grúa, aunque sí podrá ser multado. Se autoriza su retirada cuando éste se encuentre aparcado en una zona reservada a discapacitados. Será falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.

7- Tampoco se perderán puntos por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

8- La reforma permite además, entre otras cuestiones, utilizar avisadores, aunque sanciona colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

9- Los talleres o establecimientos de reparaciones que lo instalen también serán sancionados.

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